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Nueva estructura del Ministerio

Desaparece el FROM como organismo autónomo

IP - 17 de febrero de 2012 A+ A-

Desaparece el FROM como organismo autónomo en el nuevo organigrama del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente que ha sido aprobado por el Consejo de Ministros. La estructura aprobada para la Secretaria General de Pesca establece que forman parte de sus competencias las siguientes materias: Política en materia de pesca marítima en aguas exteriores y acuicultura, la ordenación básica del sector pesquero, las bases de la comercialización y transformación de los productos pesqueros y la participación en la planificación de la política de investigación en materia de pesca.  

La Secretaría mantiene dos Direcciones Generales: la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura que cuenta con las subdirecciones generales de Caladero Nacional, Aguas Comunitarias y Acuicultura, Acuerdos Pesqueros y Organizaciones Regionales de Pesca y Protección de los Recursos Pesqueros; y la Dirección General de Ordenación Pesquera en la que se enmarcan las subdirecciones generales de Política Estructural, de Economía Pesquera y de Control e Inspección.

Según informa el MAAMA, “el nuevo organigrama dota de mayor eficiencia a los departamentos, recorta el número de direcciones y subdirecciones generales, simplifica las estructuras administrativas y reduce en más de medio millón de euros los costes de funcionamiento”.  Y “obedece al nuevo escenario de contención presupuestaria”

El ajuste en el Ministerio implica la supresión de 9 subdirecciones generales; se suprimen dos organismos autónomos: el Fondo de Regulación y Organización del Mercado de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM) y el Parque de Maquinaria. Las funciones del primero se integran en el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), en la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y en la Secretaría General de Pesca. Y el segundo pasa a depender de la Dirección General del Agua.

Asimismo, de la Secretaría de Estado dependerán como órganos directivos:

• La Oficina Española de Cambio Climático, con rango de dirección general, que a su vez contará con las subdirecciones generales de Coordinación de Acciones frente al Cambio Climático y la de Comercio de Emisiones y Mecanismos de Flexibilidad.
• La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, que asumirá la parte de competencias relativas a la conservación del Medio Natural y la Biodiversidad de la extinta Dirección general de Medio Natural y Política Forestal, contando para su gestión con las subdirecciones generales de Residuos, de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial, de Evaluación Ambiental y de Medio Natural.
• La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar, de la que dependerán las subdirecciones generales de Dominio Público Marítimo-Terrestre y de Protección de la Costa, quedando dependiente de esta Dirección General la División para la Protección del Mar.
• La Dirección General del Agua, que contará para el desarrollo de sus funciones con las subdirecciones generales de Planificación y Uso Sostenible del Agua, de Programación Económica, de Infraestructuras y Tecnología y de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico.

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